Secreto profesional de enfermería es el resultado de guardar las confidencias que se reciben de los enfermos al desempeñar la profesión sanitaria.
Para que exista el secreto profesional tiene el profesional sanitario que actuar en ese momento como tal, porque este mismo profesional puede estar en actividades no profesionales y enterarse de cosas de personas, aunque estas cosas tengan relación con la salud, pero entonces no existiría secreto profesional.
El secreto profesional en las actividades sanitarias es un secreto confidencial, y no hay secreto confidencial sin confidencia. Sucede que el cliente o enfermo no suele decir «cuidado, que esto es una confidencia» porque si esto sucediera podríamos dar por supuesto la existencia de un contrato, en virtud del cual yo digo mi confidencia y tú guardas el secreto.
Por el contrario, al no suceder normalmente que el paciente autónomo anuncie la confidencia, se denomina contrato tácito o cuasicontrato, del que nace una obligación de justicia, lo mismo que si existiera un contrato expreso y firmado, por lo que se da por supuesto siempre que todos los profesionales sanitarios guardan el secreto profesional.
Confidencial: El secreto de los profesionales de la Salud
Esto es así porque el que ejerce una profesión sanitaria sabe que, por interés del enfermo y de la sociedad misma, debe guardar secreto de todo lo que sepa respecto a los individuos con los que mantiene contacto profesional.
Por parte del enfermo sabe que el hecho de establecer contacto con cualquier profesional sanitario para someterse a sus cuidados exige su confianza, porque tiene seguridad que harán buen uso de ella.
Estos hechos hacen que se presuma el consentimiento tanto en el médico o en cualquier profesional sanitario, como en el enfermo, respecto a las obligaciones que van anejas a la asistencia médica, una de las cuales es el secreto.
Dentro del secreto profesional de enfermería no se incluye en el curso solamente aquello que el sanitario conoce porque se lo dijo el enfermo, sino también incluye todo aquello que el profesional sanitario observa y conoce, no porque el enfermo se lo diga, sino por él es capaz de descubrirlo, y que muchas veces hasta el mismo enfermo no quisiera que el médico o el personal sanitario lo supiese.
Una obligación en la enfermería
El hecho de entregarse un enfermo en manos de aquellos de los que espera su alivio, equivale a confiarse en todo lo que sea útil a la mejor solución de su problema. La decisión de, hasta donde alcanza, que es lo útil que sepan para la curación, no debe quedar a juicio del enfermo porque es el primero que lo ignora.
Son objeto de secreto profesional: La enfermedad misma. Hay ciertas enfermedades que pueden producir, el conocimiento de su padecer, quebrantos en el honor o en los intereses del individuo o de sus familiares, por lo que simplemente este hecho hace que deban guardarse bajo secreto.
Están obligados a guardar secreto profesional todos aquellos que se encuentran dentro del hospital, aunque no sean médicos, ayudante técnicos sanitarios, ayudantes de clínica, etc.
Secreto profesional sanitario
Y si bien puede parecer que hay personas que al no ser profesionales sanitarios no tienen por que verse obligados con este secreto profesional, fácilmente se comprenderá que, conocida cualquier confidencia dentro del ambiente sanitario, no puede ser exigido el secreto solamente a los profesional si los demás que rodean al enfermo estuvieran relevados de guardarlo.
Ya que entonces ni el enfermo mismo ni la sociedad quedarían defendidos, que es lo que pretende el secreto profesional sanitario, por lo que tiene que obligar a todos por igual para que tenga verdadera eficacia.